La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires que preside Horacio González sancionó hoy, tras haber sido aprobado en el Senado, el proyecto de Ley ingresado por el Poder Ejecutivo en donde se ratifica el decreto de emergencia hídrica, se autorizan exenciones impositivas y habilita un endeudamiento por 4.500 millones de pesos para ser destinado a obras.
Para el Poder Ejecutivo provincial las lluvias acumuladas durante este año y las abundantes precipitaciones registradas - que oscilan entre los 200 mm a 350 mm en las regiones más afectadas-, superan ampliamente el promedio de las últimas décadas, generando diversos inconvenientes en el sector norte, noreste y centro de la provincia de Buenos Aires.
Por esta situación, distintas cuencas hídricas tales como la Cuenca del Río Luján, la Cuenca del Arroyo de la Cruz, la Cuenca del Río Arrecifes, la Cuenca del Río Areco y, parcialmente, la Cuenca del Río Salado, han sufrido el desborde de sus cursos troncales y afluentes, lo que ocasionó daños materiales en diversas áreas.
En pos de agilizar la implementación de las acciones necesarias, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto N° 618/15 adoptando diversas medidas tendientes a dotar a los organismos competentes de los instrumentos necesarios para dar respuesta rápida y eficaz a las consecuencias del fenómeno meteorológico acaecido.
Por lo cual se sometió a consideración de la Legislatura un conjunto de medidas cuya adopción, de manera complementaria a las ya implementadas, permitirá intensificar la ayuda a los afectados, según entienden los funcionarios del Ejecutivo.
Así, se consideró conveniente prorrogar la facultad concedida a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) de otorgar los beneficios impositivos previstos en la Ley N° 10.390 y modificatorias respecto del pago del impuesto Inmobiliario Rural, en aquellos partidos en los que la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario de la Provincia de Buenos Aires (CEDABA) hubiera recomendado la declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario. No obstante, una pequeña modificación al texto hecha por los legisladores faculta al Ejecutivo otros distritos no incluidos en la recomendación en su momento.
A su vez, se dispuso una serie de beneficios impositivos adicionales consistentes en la exención de los impuestos Inmobiliario de la Planta Urbana Edificada, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos a fin de mitigar los efectos dañinos del fenómeno climático de referencia en aquellos partidos en estado de emergencia hídrica.
Por último, el Poder Ejecutivo entiende que resulta necesario efectivizar la obtención de financiamiento hasta el monto que demande la ejecución de los proyectos de inversión vinculados a la Cuenca del Río Luján.
En consecuencia, se solicita autorización expresa para proceder a la captación de estos fondos en pos de ejecutar la obra central que resuelva de manera integral el problema de las inundaciones en dicha Cuenca.
Autorízase al Poder Ejecutivo a endeudarse por hasta la suma de pesos cuatro mil quinientos millones ($ 4.500.000.000) o su equivalente en otras monedas, con el objeto de financiar la ejecución de los proyectos de inversión vinculados a la Cuenca del Río Luján, reza el artículo 6 del proyecto de ley que sancionaron hoy ambas Cámaras bonaerense.
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