Como estaba previsto, en la jornada de hoy, sesionaron las comisiones de Legislación General; de Asuntos Constitucionales; de Legislación Social; y de Derechos humanos.
La Comisión de Legislación General trató y dio su aprobación al Proyecto de Ley elaborado por el diputado Julio Luis Salerno, mediante el cual "la Provincia de Catamarca adhiere a la Ley Nacional 26.653 que propicia la accesibilidad de la información en las páginas Web”.
Mediante este instrumento legal, se propicia mejorar la accesibilidad ya que el uso de las páginas Web "ofrece todo un conjunto de beneficios. Los destinatarios principales son las personas con discapacidad pero no sólo son éstas las beneficiadas por dicha accesibilidad”.
La idea principal reside en hacer la Web más accesible para todos los usuarios, independientemente de las circunstancias y los dispositivos involucrados a la hora de acceder a la información.
"Partiendo de esta idea, una página accesible lo será tanto para una persona con discapacidad, como para cualquier otra persona que se encuentre bajo circunstancias externas que dificulten su acceso a la información”, señala el proyecto.
La Ley 26.653 plantea en su artículo 3º: "Se entiende por accesibilidad a los efectos de esta ley a la posibilidad de que la información de la página Web, puede ser comprendida y consultada por personas con discapacidad y por usuarios que posean diversas configuraciones en su equipamiento o en sus programas”.
La Comisión de Legislación Social, aprobó el proyecto de Ley para "Establecer resarcimiento integral a las personas que hayan sido cesanteadas, declaradas prescindibles y/o excluidas sin justa causa de su relación de dependencia laboral durante Gobiernos ejercidos sin el sistema democrático y republicano, en cualquiera de sus formas".
Este proyecto de autoría del diputado Rubén Ceballos, tiene por objeto "establecer resarcimiento integral a las personas que hayan sido cesanteadas, declaradas prescindibles y/o excluidas sin justa causa de su relación de dependencia laboral durante Gobiernos ejercidos sin el sistema democrático y republicano, en cualquiera de sus formas. En este párrafo debe entenderse sin el sistema democrático y republicano al ejercicio de gobierno sin participación del Poder Legislativo”.
"Todo Decreto Ley tuvo aplicación nacional. Ese contexto unitario, vedaba a las provincias, todo ejercicio judicial, administrativo y/o institucional, sometiéndolas a un sistema unitario de gobierno y encuadrando a la Nación en un solo territorio. Hoy La Provincia, con esta concepción constitucional, debe plasmar su autodeterminación legislativa para dar cobertura y protección social y jurídica a las personas afectadas durante el ejercicio de Gobiernos de Intervención del sistema democrático”, reza la iniciativa
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