La Diputada Bidegain presentó dos proyectos de fuerte impacto social

Esta semana, con el respaldo de la mayoría de los integrantes de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de la Nación, fueron aprobados los dictámenes de dos proyectos presentados por la Diputada Nacional, Gloria Bidegain. Uno se refiere a la modificación del artículo 2 de la Ley 25.649, sobre prescripción de medicamentos y otro al artículo 3 de la Ley 25.630 sobre prevención de las anemias y las malformaciones del tubo neural, tales como la anencefalia y la espina bífida.

 

La Diputada Gloria Bidegian y presidente del Partido Justicialista de Azul fue invitada a la reunión de la Comisión de Salud, que se realizó el día martes 23 de septiembre, a fin de presentar dos proyectos de su autoría. 

Una de las iniciativas modifica el artículo 2 de la Ley 25.649, sobre prescripción de medicamentos, obligando al médico u odontólogo a recetar sólo el nombre genérico del medicamento o denominación común argentina (DCA), quitándoles la facultad de recetar el nombre comercial del medicamento. La existencia de esta posibilidad, en el texto original de la ley, fue lo que tergiversó en la práctica el espíritu con el que había sido sancionada.

La diputada Bidegain destacó “la ley ha perdido estímulo en los últimos años, debido al incumplimiento de sus términos por parte de diferentes actores de la cadena de salud. No debemos olvidar que el medicamento es un bien social y nuestra responsabilidad es garantizar a la población su acceso como una forma de proteger el derecho a la salud y a la vida".

La norma obliga también a los farmacéuticos a asesorar, facilitar y brindar al adquirente la información que le requiera sobre todas las especialidades medicinales que contengan el mismo principio activo (Ingredientes Farmacéuticos Activos IFA’s). 

En ese sentido, Bidegain expresó que “la modificación que propongo tiene como objetivo promover la libertad de elección de los pacientes a la hora de adquirir los medicamentos. Todos los remedios que se venden en las farmacias de nuestro país tienen la autorización de ANMAT, entidad que fiscaliza la calidad de los productos, y en cada farmacia un profesional farmacéutico es el responsable de la dispensa de los medicamentos, de esta manera, el paciente/consumidor, tiene garantizada la posibilidad de ejercer su derecho a la elección del medicamento que quiera o pueda comprar”. 

Finalmente, la norma dispone que las recetas que no cumplan con este requisito no serán válidas para el expendio del medicamento ni serán abonadas por los organismos de la seguridad social, obras sociales, medicina prepaga y organismos del Estado Nacional, provincial o municipal, ni autorizada o convalidada por parte de los organismos de regulación y control.

Otra de las iniciativas de la diputada Gloria Bidegain modifica el artículo 3 de la Ley 25.630 sobre prevención de las anemias y las malformaciones del tubo neural, tales como la anencefalia y la espina bífida. 

Esta modificación amplía el enriquecimiento con hierro, ácido fólico y vitaminas de las harinas -que en el texto original se limitaba a las de trigo- incluyendo las harinas de maíz y de mandioca. La disposición sigue las recomendaciones internacionales dictadas por la Organización Mundial de la Salud. En gran cantidad de países se fortalecen las harinas de trigo y de otros cereales y productos que son de consumo masivo reportando excelentes resultados en la mejor calidad de la salud de la población.

En nuestro país, tras diez años de la implementación de la ley 25.630, se verifica la mejora en la calidad nutricional de la población, sobre todo, en algunos grupos que necesitan especialmente incrementar la densidad de micronutrientes en su dieta (grupos de riesgo): mujeres en edad reproductiva, embarazadas, adolescentes y niños de edad escolar. Sin embargo, han quedado excluidos de este beneficio quienes no consumen harina de trigo.

Al respecto, la diputada Bidegain sostuvo que “sin lugar a duda, el enriquecimiento de la harina de trigo es una estrategia sanitaria relevante que posibilita la mejora del estado de nutrición de un alto porcentaje de la población. Sin embargo, el uso de un solo tipo de cereal en los programas de fortificación, limita el acceso a este beneficio a la población que no consume trigo o por pautas culturales o por razones de salud, como es el caso de las personas que padecen celiaquía y que no pueden ingerir gluten”.

Asimismo, añadió que “esta iniciativa pretende contrarrestar las deficiencias alimentarias de los grupos vulnerables de la población, optimizando la política de salud y nutrición abarcando 95% de la población de nuestro país”.

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