Así lo resolvió el Juez Civil y Comercial N°21, Julián Flores, ante una solicitud de la empresa Ceshma SA. La acción apunta directamente a evitar que la Fundación Encuentro por la Vida plantee una medida judicial que impida la edificación del centro comercial que se pretende construir en Sarmiento al 2400.
Patrocinada por el abogado, Horacio Mansilla, la empresa de capitales correntinos presentó una medida cautelar y acción de amparo señalando la necesidad de resguardar sus intereses ante medidas judiciales que podría impulsar la fundación que conduce el geólogo, Ramón Vargas. Todo esto teniendo en cuenta la denuncia que realizó Vargas ante la Defensoría del Pueblo de la Provincia afirmando que el proyecto comercial se realizará en terrenos inundables, violando el Código de Aguas provincial y sin haberse concretado un estudio de impacto ambiental serio.
Según pudo saber CHACO DIA POR DIA, la empresa correntina planteó como uno de sus argumentos principales que no resulta razonable que una inversión de esa magnitud se vea expuesta a paralizaciones, como los que eventualmente podría promover la Fundación, teniendo en cuenta que varios organismos municipales y provinciales ya han dado el visto bueno al proyecto de unos 45 mil metros cuadrados.
Además señala que resultan graves las que consideraron como "falsas denuncias" por parte de la Fundación y señalaron que las mismas comprometen el desarrollo urbano de un sector de la ciudad postergado y la elección ciudadana, poniendo en riesgo la inversión comprometida "haciendo peligrar puestos de trabajo, actividad comercial, inversiones adyacentes".
En su fallo, fechado el 5 de abril, el Juez Flores hizo lugar a la medida cautelar de no innovar interpuesta por Ceshma SA y decretó que la Fundación Encuentro por la Vida deberá "abstenerse de realizar cualquier acto u omisión que implique la perturbación o impedimento en la ejecución (construcción, desarrollo y operación) del proyecto "Shopping Resistencia Mall" -aprobados por la Administración Pública Provincial y Municipal-, hasta tanto se resuelva la Acción de Amparo que se promueve simultáneamente con esta medida".
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