La presentación en Fiscalía general se vio motivada en la adhesión osistemática al supuesto voto de uno de los ministros.
Con el patrocinio del abogado José Alberto Furque y a raíz de un reciente fallo del máximo tribunal provincial, el ciudadano andalgalense Juan Carlos Rojano formuló una denuncia penal por prevaricato y abuso de autoridad en contra de todos los ministros de Justicia.
Vale decir, Luis Raúl Cipitelli, Amelia Sesto de Leiva, José Ricardo Cáceres, Vilma Juana Molina y Carlos Miguel Figueroa Vicario.
La Corte local, cabe destacarlo, declaró formalmente admisible el pasado 23 de marzo un recurso de casación que, en representación de Miguel Ángel Rojano (hermano de Juan Carlos), había interpuesto el abogado Lucio Montero en contra de un fallo de la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación (9-11-2016) que integraron Fernando Damián Esteban, Rodolfo Bustamante y Fabricio Gershani Quesada.
El conflicto judicial entre los hermanos Rojano, ampliamente conocidos en el departamento Andalgalá, había partido en el año 2006 cuando Miguel Ángel denunció a Juan Carlos.
"Por falsedad ideológica de instrumento público, involucrando en esa denuncia a funcionarios de la dirección de Agricultura, Ana María Salas de Soto y Daniel Alberto Byorkman, al sostener que habían adulterado, tachado y sobrescrito el libro de asiento de marcas de dicho organismo”, reza en la acusatoria contra los ministros de la Corte.
En esta línea, agrega Juan Carlos que "las adulteraciones no se probaron y que la señora Salas fue sobreseída total y definitivamente al advertirse la falsedad y la maniobra urdida por el denunciante con el propósito de dañarme, todo ello con la complicidad del entonces fiscal Juan Pablo Morales (hoy camarista), quien apoyó incondicionalmente el accionar perverso de falsedades e ilicitudes de Miguel Ángel Rojano”.
Para un mejor entendimiento, estos hermanos disputaban la propiedad de la marca que había pertenecido al padre de ambos, Pedro Rojano y que al fallecer, en acuerdo familiar, habría sido cedida a Juan Carlos.
Todo el trámite se inició, lo repetimos, en 2006 y 10 años después, en noviembre de 2016, la Cámara declaró extinguida la acción penal por prescripción.
La sentencia
La drástica decisión de Juan Carlos contra los miembros de la Corte, según se consigna en la presentación realizada ante la fiscal general, responde a que "todos ellos adhirieron mecánica y telegráficamente al voto supuestamente redactado por Amelia Sesto de Leiva”.
En cuanto al proceder incorrecto de los cortesanos, la denuncia especifica: "Aluden a la condición de víctima de Miguel Ángel cuando es un grotesco victimario que contó con una Justicia venal a su servicio, ya que no se entiende que se haya sobreseído a quien tenía a su cargo el registro de marcas y se mantuviera el procesamiento en mi contra cuando mi otro hermano -Julio César- declaró en la causa que al fallecer mi padre, todos los hijos e inclusive mi madre, acordaron que la marca y señal de animales vacunos, para evitar que caducara y se perdiera, se registrara a mi nombre”.
Planteo de nulidad
Apenas notificado de la sentencia, lo que ocurrió el 31 de marzo del presente año, Juan Carlos Rojano, a través de su abogado, José Alberto Furque, planteó ante la Corte de Justicia la nulidad absoluta de la sentencia.
Según expresa el escrito, "por haberse violado normas esenciales del procedimiento en la tramitación del recurso de casación interpuesto por el querellante particular, en abierto aniquilamiento del derecho de defensa en juicio de quien viene monstruosamente imputado por un delito que jamás pudo cometer y cuando una co-imputada ya fue sobreseída, hace más de dos años, en la misma causa y en el marco del mismo proceso penal”.
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