El 30 de octubre formulamos denuncia penal contra Ivette Dousset, Subsecretaria de Bienestar Comunitario del Gobierno de la Provincia por omitir presentar sus declaraciones juradas de bienes. Interviene en el caso la Fiscalía Penal Nº 1, interinamente a cargo de la Dra. Gabriela Nallar.
A principios de septiembre de este año, denunciamos en este blog que Ivette Dousset no presentó declaraciones juradas de bienes mientras fue funcionaria municipal y que tampoco lo hizo al asumir el cargo de Subsecretaria de Bienestar Comunitario del Gobierno de la Provincia.
Cabe recordar que Ivette Dousset se desempeñó desde 2.008 y hasta fines del 2.013 como Secretaria de Acción Social de la Municipalidad de la Ciudad de Salta y que desde enero de 2.014 se desempeña como Subsecretaria de Bienestar Comunitario del Gobierno de la Provincia.
Las intimaciones cursadas por la Escribanía Municipal y la Escribanía de Gobierno
De acuerdo a la documentación a la que tuvimos acceso, Ivette Dousset fue intimada en cinco oportunidades a presentar sus declaraciones juradas.
Mientras fue funcionaria municipal fue intimada en dos oportunidades por el órgano encargado de recibir y resguardar las declaraciones juradas de los funcionarios. La primera vez fue el 2 de mayo de 2.008 y la segunda el 9 de mayo de 2.012.
En ambas oportunidades se le requirió a Dousset la presentación de su declaración jurada en un plazo perentorio de 15 días.
Se le notificó también que el incumplimiento de la intimación sería considerada falta grave y que daría lugar a la suspensión del pago de sus haberes y se le recordó que "los funcionarios municipales que no dieran cumplimiento a la presentación de sus declaraciones juradas en el tiempo y la forma prevista, serán pasibles del artículo 268 (3) del Código Penal."
Luego de asumir el cargo de Subsecretaria de Bienestar Comunitario de la Provincia, Ivette Dousset fue intimada a presentar la declaración jurada de sus bienes en tres oportunidades por la Escribanía de Gobierno. La primera vez fue el 8 de enero, la segunda el 6 de mayo y la tercera el 19 de septiembre de este año.
Publicamos en este blog las constancias de dichas intimaciones.
A pesar de todas estas intimaciones, la funcionaria optó por no realizar la presentación de su declaración jurada, incumpliendo así con sus obligaciones legales.
Por tales circunstancias el 31 de octubre formulamos una denuncia penal que actualmente tramita ante la Fiscalía Penal Nº 1, interinamente a cargo de la Dra. Gabriela Nallar.
Las sanciones que prevé la Ley
El artículo 268 (3) del Código Penal establece que será reprimido con prisión de quince días a dos años e inhabilitación especial perpetua el que, en razón de su cargo, estuviere obligado por ley a presentar una declaración jurada patrimonial y omitiere maliciosamente a hacerlo.
Por su parte la Ley Provincial Nº 3.382, modificada por la Ley 6.547 establece en su artículo 6º que la omisión de la declaración constituyen causas de remoción de los funcionarios de nombramiento directo.
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