De cara a la elección del defensor del Pueblo del próximo domingo, a las 8 de este viernes comenzó la veda electoral dispuesta por el artículo 66 inc. 3 de la ley 9.571.
En este sentido la Junta Electoral Municipal recordó que están prohibidos los actos públicos de proselitismo.
En tanto, el domingo desde las 0 y hasta tres horas inmediatas posteriores al cierre queda prohibido:
La exhibición, el depósito y la portación de armas, aún en este último caso a personas autorizadas para ello por autoridad competente, en los lugares donde se realizan los comicios y hasta una distancia de cien metros del perímetro de aquellos, a excepción del personal policial o de las fuerzas armadas o de seguridad asignada a la custodia del local donde se celebren los comicios.
Los espectáculos al aire libre o en recintos cerrados, acontecimientos sociales, culturales, deportivos y toda otra clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral y que no esté expresamente autorizada por autoridad competente.
El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
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