Defensa del Consumidor: Aumentaron los reclamos por las obras sociales

Defensa del Consumidor: Aumentaron los reclamos por las obras sociales

Tomasone resaltó la vigencia de normativa para el resguardo de la vulnerabilidad de sectores puntuales en cuanto al derecho a la salud, a la integridad física y al trato digno.

De acuerdo al Defensor del Pueblo adjunto bonaerense, Walter Martello, la espera en las oficinas públicas no debe exceder los cinco minutos. Se basa en una resolución de la Secretaría de Comercio de la Nación que establece requisitos obligatorios para grandes empresas, las que, por ejemplo, deben disponer medios de atención personalizados para los reclamos de los usuarios.

“Es una manera de proteger los derechos del consumidor, relacionados con el trato digno que es lo que más reclaman los usuarios cuando telefónicamente no contestan o lo dejan en espera”, explicó Alejandra Tomasone, titular de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).

La disposición establece un plazo de 30 días para adaptar los sistemas de atención. “Ahora, tras la publicación en el Boletín Oficial es de aplicación obligatoria”, afirmó Tomasone.

Reclamos

En el caso loca, “hemos tenido reclamos de atención” en empresas, entre las que las telefónicas, las de internet y las de cable, son las que encabezan las quejas.

“Ahora, desde la OMIC, vamos a implementar una gestión de buenos oficios que, ante este tipo de reclamos donde si bien no hay incumplimiento, rige un apercibimiento y luego, si cabe, se podría abrir un expediente administrativo”.

Tomasone hizo un llamado a leer *la letra chica* porque en muchos casos, donde rigen promociones, “me doy cuenta cuando me facturaron el triple. De hecho durante la pandemia se habían otorgado planes básicos, y ante el cambio de condiciones, uno debe ejercer sus derechos, porque la empresa debe informar los cambios con anticipación”.

A su vez, resaltó la necesidad de que cuando el usuario o cliente llama “lo atienda una persona humana”, y recién después dar la opción de resolverlo a través de una atención informatizada, porque es “una forma de proteger a nuestros mayores, a quienes estos sistemas muchas veces se les hacen inentendibles”.

RECLAMO POR LAS OBRAS SOCIALES

Tomasone resaltó la vigencia de normativa para el resguardo de la vulnerabilidad de sectores puntuales en cuanto al derecho a la salud, a la integridad física y al trato digno. “Justamente, sobre el derecho a la salud hemos recibido reclamos por las obras sociales ante la falta de prestación de servicios o carencias puntuales como proporcionar elementos para realizar implantes”, indicó.

“Desde la OMIC, estamos interviniendo con medidas preventivas e intimando a una obra social muy importante a que haga el efectivo de la prestación del servicio. Si bien la que tiene que intervenir en el reclamo es la Defensoría –porque nosotros no podemos plantear amparos-, esgrimimos el artículo 42 de la Constitución Nacional donde se protege el derecho a la Salud de todos los ciudadanos”, finalizó.

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