Un albañil, Próspero del Río fue condenado ayer a dos años de prisión por dispararle a Marcelo Bustamente (causándole lesiones graves) con una escopeta la noche del 24 de diciembre de 2008. Del Río se defendió en su casa de un ataque cometido por Bustamente y otro joven: al primero le disparó con una escopeta y le quebró la tibia y el peroné.
El juicio se realizó en la Cámara del Crimen Nº 1, integrada por la jueza Elvira Rosseti de González, y los jueces Miguel Angel Gavazza y Miguel Vagge.
La acusación estuvo a cargo del fiscal Jorge Amado. El abogado Mario Aguerrido fue querellante. El defensor Raúl Garcia pidió que el hecho sea considerado como legítima defensa, pero el tribunal no lo aceptó.
La lectura de la setencia fue ayer al mediodía en el Centro Judicial pero ninguna de las partes se hizo presente.
Del Río relató que esa noche iba en su camioneta y antes de llegar a su domicilio, en avenida Circunvalación Santiago Marzo Este 695, siente un golpe: le pareció un ladrillazo. Se bajó y fue amenazado por Marcelo Bustamente y Daniel Gómez Puhl, jovenes de 18 y 19 años, respectivamente. Al llegar a su casa (donde estaba su hijo, Julian) entró, tomó una escopeta calibre 16 de dos caños que estaba colgada en el comedor, la cargó y en la cochera le disparó a Bustamente, quien ingresó a su casa junto Puhl. Primero les apuntó a la cabeza, después a la panza y después a los pies. Puhl se fue, pero Bustamente se quedó: fue quien recibió el disparo.
Del Río se subió a su camioneta y se fue hacia la Seccional Primera. En el camino fue detenido y esposado por personal policial que acudió a la emergencia.
Por su parte, la víctima Marcelo Bustamante contó una versión distinta a la del imputado; dijo que iba caminando a la casa de su abuela con Gómez Puhl y cuando llegaban al domicilio de del Rio, habría salido éste y le habría disparado a los pies con una escopeta, produciéndole heridas que hacen que caiga al suelo. Seguidamente fue hacia su camioneta, bajó un palo o algo similar y lo golpeó; luego del Rio se retiró del lugar, quedándose el dicente tirado en el piso hasta que llegó la policía. Un testigo, de nombre Luciani dijo que vio que Del Río le pegó a Bustamante en el piso con ‘un palo o algo similar‘.
Además ese testigo dijo que escuchó que Del Río le decía a Bustamente, tirado en el piso: “vos no me vas a cagar la vida, no vas a venir mas a patotear la casa, nadie hace nada, la policía le tiene miedo, la justicia también, tengo que dejar que haga lo que quiera. Estoy cansado de que no me dejen dormir, que le peguen a mi hijo, que le entraran a la casa, lo patotearan e insultaran”.
El fiscal consideró que el accionar de Del Río -si bien no tuvo intenciones de matar- debía ser encuadrado como lesiones graves con arma de fuego en concurso real con portación de arma de uso civil. Pidió dos años de prisión.
El abogado querellante Mario Aguerrido pidió la misma pena del fiscal.
El defensor oficial Raúl García dijo que cuando Del Río llegaba a su casa, Bustamante y Gómez Puhl le impidieron el paso, mientras lo amenazaban en forma verbal. ‘En ese momento del Rio siguió camino hacia su vivienda; no es verdad que no provocaran; del Rio sabía sobre la peligrosidad de estas personas y que las amenazas que proferían podrían llevarlas a cabo, como padre trataba de que no le causaran daño a su persona, a sus hijos o a su vivienda‘, dijo. ‘Del Río en ese momento tenía casi 70 años, contra dos jóvenes de 18 y 19 años, peligrosos y con antecedentes, que podrían llevar a cabo sus amenazas‘, agregó.
Recordó que ‘Bustamante y Puhl llegaron a lo de del Rio a seguir provocando, patearon el portón, se abrió e ingresaron; se trata de una casa de barrio, con ingreso por el lateral y por el frente‘. Aunque pidió una inspección ocular ó una reconstrucción del hecho, no se hizo lugar a esta diligencia.
El defensor dijo que ‘hay falencias en cuanto a la instrucción de la causa, se debió haber recabado más información, que sentaría la postura de su cliente, quien asegura haber disparado desde la puerta de la cocina a la puerta del garage, en el interior de su casa; la instrucción no pudo determinar en que otro objeto pegaron los perdigones de los cartuchos disparados‘.
Pidió al Tribunal que ‘tenga en cuenta que su defendido quiso llegar a esta instancia del Debate Oral porque quiere que se descubra la verdad real y la Querella lo que pretende es un resarcimiento civil por el hecho; lamentablemente si se condenara a del Rio, se estaría convalidando una situación de inseguridad que le causó problemas a su defendido, quien es una persona trabajadora y perdería lo poco que tiene‘.
García remarco que su cliente ‘actuó con legítima defensa art. 34, inc. 6º del C.P.; hubo una agresión ilegítima por parte de Bustamante y Gómez Puhl; el medio empleado era razonable atento la edad que su defendido tenía en ese momento, quien estaba además con dos hijos menores‘.
Los jueces, aunque consideraron que los hechos de hostigamiento e incidentes invocados por Del Río pudieron existir, no configuraba un hecho de legítima defensa. Y por eso condenaron a Próspero Del Río a dos años de prisión, de cumplimiento condicional.
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