La Ordenanza aprobada establece que tendrán 2 años para retirar el cable aéreo del microcentro, y 3 del macrocentro. Las empresas que no cumplan deberán pagar 2 mil pesos por día de multa.
Concejales aprobaron la Ordenanza que dispone un plazo de 12 meses para que las empresas inicien el soterramiento de cables.
A partir de la promulgación de esta Ordenanza, las empresas de servicios que tienen cableado aéreo, tienen el plazo de un año para iniciar obras de soterrado, disponen de 2 años para adecuar sus instalaciones en el micro centro y de 3 años, en el macro centro.
Las empresas podrán presentar tecnologías alternativas de ingeniería no a la vista por razones técnicas, lo que deberá ser aprobado por el Concejo Deliberante.
Las empresas que no cumplan serán pasibles de la aplicación de una sanción equivalente a una multa, cuyo monto se graduará en un promedio de $2000 por día.
El ejecutivo Municipal intimara a las empresas que no cumplan y vencido el plazo podrá retirar el cableado aéreo.
La norma autoriza también al Ejecutivo Municipal a construir por sí o asociados con terceros, poliductos de uso común para ser destinados a la prestación de servicios públicos o privados de cableado subterráneo.
Comentá la nota