El último acuerdo del año de la Corte tendrá como prioridad el tratamiento del recurso presentado por el Gobierno para que decida si admite o no la suspensión de la aplicación de la ley de medios. Si lo rechaza habrá que esperar la decisión de la Cámara.
Por Irina Hauser
La Corte Suprema podría resolver la semana próxima, entre miércoles y jueves, si admite el per saltum que fue presentado por el Gobierno con la expectativa de que se expida sobre la constitucionalidad de la ley de medios. También podría analizar el recurso extraordinario que reclama que se anule la prolongación de la medida cautelar que el Grupo Clarín invoca para evitar desprenderse de licencias de radio y televisión. Todo indica, así, que lo primero que harán los jueces supremos será decidir si admite las presentaciones, aunque está por verse si alguna de las decisiones que adopte tiene efectos o no sobre la aplicación de la norma, o si esto queda postergado, tal vez hasta febrero. Mientras espera estas definiciones, la Autoridad Federal de aplicación de la ley (Afsca) dejó en suspenso la transferencia de oficio de licencias del multimedios que había iniciado el lunes pasado.
En este momento hay dos expedientes que tramitan de manera simultánea en torno de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. En uno, se discute su constitucionalidad. En el otro, la vigencia de la medida cautelar que durante tres años mantuvo al Grupo Clarín eximido de la obligación de desinvertir y adecuarse a las nuevas reglas antimonopólicas. Ahora ambos están en la Corte, y según trascendió de fuentes del tribunal y confirmó públicamente el juez Raúl Zaffaroni, se reunirá la semana próxima para debatir si les da trámite a los planteos del Gobierno.
El viernes último el juez de primera instancia, Horacio Alfonso, rechazó los planteos de inconstitucionalidad de Clarín contra cuatro artículos de la ley y dispuso levantar la medida cautelar. Por eso la Afsca le notificó a la empresa el inicio de la transferencia de licencias de oficio. Pero el holding apeló para que la decisión sea revisada por la Cámara en lo Civil y Comercial. Al conceder la apelación, Alfonso suspendió su propio fallo y el Gobierno interpretó que debía, por el momento, abstenerse de continuar con el proceso iniciado, explicaron ayer en el organismo. La Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial había prolongado la medida cautelar a favor de Clarín más allá del 7D, la fecha límite para su vigencia que había fijado la propia Corte Suprema. Para cuestionar aquella decisión el Estado presentó un primer per saltum, que fue rechazado por el máximo tribunal. Luego presentó el recurso extraordinario, que finalmente volvió a llegar a los jueces supremos.
En el Gobierno dicen tener la expectativa de que el tribunal admita al menos uno de sus reclamos. Si la Corte llegara a considerar que el per saltum está bien formulado y que hay una situación de gravedad institucional que amerite avanzar en su análisis, esa decisión podría tener un “efecto suspensivo” que en despachos oficiales interpretan que podría favorecer la aplicación de la ley. Más adelante el tribunal tendrá que analizar el detalle de lo que pide y reclama la Casa Rosada, cuya apuesta de máxima es que pase directamente a analizar la constitucionalidad de la ley dado el extenso tiempo transcurrido, sino que pudiera aplicarla de forma plena, en este caso a Clarín. Por otro carril, está por verse qué hace la Corte con el recurso extraordinario, porque podría darse a través de esta vía el levantamiento de la medida cautelar. El tribunal ya se pronunció en mayo último contra la prolongación excesiva de estas medidas provisorias y de hecho ahí fijó el 7D, a pesar de lo cual la Cámara decidió volver a darle protección a Clarín hasta que haya “sentencia definitiva”.
Si bien la sentencia del juez Alfonso fue favorable al Gobierno, el ministro de Justicia, Julio Alak, recordó ayer que uno de los puntos era en contra, y está incluido en los cuestionamientos del per saltum: el magistrado avaló la “legitimación activa” de Clarín para impulsar la demanda contra la ley. “Carece de legitimación activa” para pedir la inconstitucionaldad “por cuanto no es titular de las licencias de radiodifusión que explota”, dijo Alak, y recordó que el fiscal Fernando Uriarte dictaminó que incluso el multimedios no estaba en regla tampoco con la vieja Ley de Radiodifusión, por ende no estaba en posición de reclamar nada ni invocar derechos adquiridos. El per saltum también cuestionaba que el Estado tenga que pagar costas y que el juez haya reconocido el derecho de Clarín de hacer un reclamo patrimonial a futuro. Pero también se incluyó, como motivo de gravedad institucional, el hecho de que siga sin poder aplicar la ley de medios a fuerza de medidas judiciales provisorias que terminan generando una definición de hecho sobre la vigencia de la ley para el grupo Clarín. La semana próxima, al parecer, podría comenzar a despejarse el panorama.
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