Se pudo saber que el máximo órgano de Justicia denegó el recurso presentado por el organismo gubernamental para no reintegrar importes por "sobrefacturación". Desde la Asociación de Usuarios y Consumidores, esperan el fallo en que finalmente se disponga la devolución de los excedentes cobrados en cinco boletas.
Ahora sólo resta el fallo del máximo órgano de justicia, presentado por la Asociación de Usuarios, que se apoya en el artículo 258 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación el cual establece que "si la sentencia de la cámara o tribunal fuese confirmatoria de la dictada en primera instancia, concedido el recurso, el apelado podrá solicitar la ejecución de aquella, dando fianza de responder de lo que percibiese si el fallo fuera revocado por la Corte Suprema".
"La semana que viene se tendría que expedir la Suprema Corte, si acepta o no nuestro pedido de que se aplique el cuadro tarifario Nº 88 (sin aumento) y en el que se dispone la devolución de los excedentes aplicados durante varios bimestres", manifestó a EL LIBERTADOR el titular de la Asociación de Usuarios y Consumidores, Nelson Veas Oyarzo.
En este sentido si la respuesta es afirmativa, la empresa de energía debería reintegrar los valores sobrefacturados a partir de la aplicación del cuadro tarifario Nº 89.
"Si se aprueba nuestro pedido, la Jueza establece la devolución en tres cuotas, aunque nosotros propondremos que sea gradual en cada tarifa, para no afectar la situación financiera de la Dpec", precisó Veas Oyarzo.
"No queremos perjudicar al organismo, sólo pretendemos que se respete el derecho de los usuarios y que no paguen sobreprecios", indicó.
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