Mediante cruces sistémicos centralizados a los que viajaron al vecino país, el organismo detectó que los gastos excedían lo declarado.
Durante la Copa América la AFIP puso el ojo en 33 mendocinos que están flojos de papeles y los excluyó del régimen demonotributo. De esta manera, la Administración Federal de Ingresos Públicos entendió que estos comprovincianos que viajaron a la vecina nación tenían gastos que excedían sus declaraciones. Asimismo, en todo el país, quedaron en esta misma situación 145 argentinos que fueron a ver a la Selección Argentina.
"El 50% de los contribuyentes que viajó pertenecen a las categorías más bajas del Régimen Simplificado, B y C, las que facturan no más de 6.000 pesos mensuales", comunicó hoy el organismo nacional, y aclaró que no consignaron otra actividad, por lo que se los condidera monotributistas puros.
"Un contribuyente que facture entre 48.000 o 72.000 pesos anuales y no justifique otra entrada de dinero jamás alcanzaría a costear una estadía en Chile permanencia y entrada en el país vecino", informó el ente tributario mediante un comunicado.
Quienes cruzaron a Chile necesitaron entre 20.000 a 50.000 pesos para afrontar el viaje, los gastos de alojamiento, traslados, comida y entrada al partido.
"Es más, para la final los precios de la reventa oscilaban entre los 70.000 y 200.000 pesos", remarcó la AFIP.
El organismo, a través de cruces sistémicos centralizados, entre ellos los movimientos migratorios, constató que fueron 38 monotributistas de los barrios de Recoleta, Belgrano y Palermo; 33 de Mendoza; 21 de Buenos Aires; 20 de Córdoba, y el resto del interior del país, los que viajaron al país trasandino sin que sus declaraciones coincidan con los gastos que afrontaron.
Desde la AFIP recordaron que el monotributo fue creado como un régimen tributario integral, basado en la simplificación de procedimientos y con el objetivo de la inclusión en la economía formal de los que tienen menor capacidad contributiva.
Luego de este operativo, las personas intimadas deberán regularizar su situación en los impuestos del Régimen General desde el período en el que sus gastos excedieron el tope.
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