Los trabajos que se realizaron fueron junta de ramas, eliminación de basurales y el desmalezamiento en las Chacras 234, 232 y en el Barrio Los Álamos. Se recuerda que existe una serie de normativas que rige el estado y uso de la propiedad privada, en base a su conservación y mantenimiento.
La Ordenanza N° 713/01 y el Decreto 441/01, en su artículo 3, afirma que “los propietarios, poseedores, tenedores y/o responsables a cualquier título de inmuebles de dominio privado, habitados o en estado de abandono, tendrán la obligación de mantenerlo limpio, libre de yuyos, malezas y basuras, (…)”. Estas legislaciones abarcan también a las veredas.
Por otro lado, en el apartado N° 4, asevera que “los inmuebles abandonados que se encuentran deshabitados o con construcciones no terminadas, deberán ser desratizados y desinfectados cada tres meses”.
Por último, queda prohibida la creación de minibasurales y la quema de deshechos y de yuyos y pastizales, debido a que presenta un riesgo para la salud y la seguridad de los vecinos de los hogares cercanos.
Las penalidades por el incumplimiento de los artículos precedentes, figuran en estas reglamentaciones.
La importancia de respetar estas normativas es la de crear una conciencia ambiental, en la que todos los ciudadanos tomen conciencia del riesgo que implica la ejecución de las acciones mencionadas.
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