Alejandro Vandenbroele, Guido Forcieri y Rafael Resnick Brenner cumplirán la pena en suspenso y deberán realizar trabajo comunitario. Las multas.
l Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 de la Capital dio conocer en la tarde de este martes el veredicto en el juicio oral y público por el caso Ciccone. El fallo fue firmado por jueces Pablo Bertuzzi, Néstor Costabel, María Gabriela López Iñiguez y Jorge Gorini, este último en calidad de juez sustituto, según reportó el Centro de Información Judicial. A continuación, las condenas que recibió cada uno de los imputados del caso: Amado Boudou: lo condenan a cinco años y 10 meses de prisión por los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública y cohecho. Quedó detenido en el acto.
También se le aplica una multa de 90 mil pesos y costas, e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. José María Núñez Carmona: partícipe necesario de cohecho pasivo y de negociaciones incompatibles con la función pública. Lo condenaron a cinco años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por lo que quedará detenido. Además deberá pagar una multa de 90 mil pesos y las costas del caso. Nicolás Ciccone: autor penalmente responsable del delito de cohecho activo. Cumplirá una pena de cuatro años y seis meses de prisión domiciliaria, en virtud de su edad. Además debe pagar una multa de 90 mil pesos y costas. Alejandro Vandenbroele: partícipe necesario de cohecho pasivo y de negociaciones incompatibles con la función pública. Lo condenaron a dos años de prisión en suspenso, y debe pagar una multa de 90 mil pesos y las costas. Además, deberá realizar tres años de tarea comunitaria no-remuneradas, a razón de 40 horas mensuales, fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato. Guido Forcieri: partícipe necesario de negociaciones incompatibles con la función pública.
Lo condenaron a dos años y seis meses de prisión en suspenso y a inhabilitación especial perpetua. También debe realizar tres años de tarea comunitaria no-remuneradas, a razón de 40 horas mensuales, fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato. Rafael Resnick Brenner: partícipe necesario del delito negociaciones incompatibles con la función pública, fue condenado a tres años de prisión en suspenso y inhabilitación especial perpetua. Realizará tareas comunitarias no remuneradas a razón 40 horas mensuales, y debe fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato.
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