Los jueces de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, Aldo Primucci, Edgardo Laurenci y María Laura Toledo, condenaron a M.E.C. a la pena de 21 años de prisión de ejecución efectiva.
Por los delitos de abuso sexual doblemente calificado por cuanto el abuso, por su duración y circunstancia ha configurado un sometimiento gravemente ultrajante y por haber mediado acceso carnal agravado por el vínculo y de promoción de la corrupción de menores calificado por el vínculo en concurso ideal y lesiones
El acusado deberá permanecer alojado en la prisión local.
M.E.C. fue encontrado culpable de haber violado a su hija desde los 5 años hasta los 9, y de golpear a la madre de la menor, quien era su pareja.
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