Tras conocerse el fallo de la Sala II del Tribunal sobre los amparos presentados por vecinos en contra de la construcción de la Estación de Rebaje Jujuy- Centro, el Procurador de la provincia de Jujuy explicó las razones del mismo.
Indicó que “esto fue concretamente al haberse decidido, en razones de oportunidades y merito, que en ese lugar se va a construir un edificio y va de suyo que no se va a construir o se construirá ninguna otra cosa. Consecuentemente, cualquier planteo vinculado con la estación transformadora o un destino distinto al decidido carece de sentido, no tiene virtualidad jurídica”.
“Consecuentemente, el fallo hace mérito de eso y declarara abstracta la cuestión, es decir que el planteo oportunamente realizado producto de este devenir ha mutado, ha cambiado y no amerita una sentencia ni a favor ni en contra”, sostuvo.
Sobre si ese fallo se apelará, Gustavo Toro señaló a nuestro medio que “las partes que quieran recurrir tienen ese derecho pero le recuerdo que en esta cuestión nosotros dimos cuenta de la nueva situación generada y solicitamos esta declaración, y las partes actoras de este proceso, y los terceros citados, estuvieron de acuerdo con que esto sea así, o así lo manifestaron en la audiencia, o nada dijeron en aquellas oportunidad”.
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