Esta semana se reanuda el proceso al suspendido Joaquín De Rosas y deberá explicar una reducción de deudas a Vila que nunca avaló el Tribunal de Cuentas.
La causa que está bajo la lupa del Jury es por la expropiación de tierras de Divisadero Largo y la posterior compensación de deudas entre lo que debía el grupo empresario al Estado y lo que el Estado le debía al grupo por la expropiación. En ese mismo informe, el Tribunal de Cuentas dice que todas estas actuaciones deberían tener ratificación del Poder Ejecutivo, que a la fecha de realización de la pericia no existía. La pericia es de abril de este año (ver aparte).
El caso del fiscal de Estado vuelve a tomar relevancia, puesto que el jueves, el Jury de Enjuiciamiento volverá a reunirse por la causa del suspendido De Rosas. El motivo del cónclave es recibir pruebas y testigos que ofrecerán el acusado y los acusadores, las que serán expuestas en el proceso que se realizará en febrero.
El 16 de agosto pasado, el Jury de Enjuiciamiento decidió iniciar el proceso contra el fiscal de Estado. A pesar de que las denuncias contra De Rosas eran cuatro, el tribunal decidió desechar tres de ellas y sólo quedó firme una: el polémico pago por la expropiación de tierras y la posterior compensación de deudas entre lo que debía pagarse a los Vila por los terrenos del pedemonte y lo que el grupo le debía al fisco por créditos otorgados por los bancos estatales que nunca pagaron (ver aparte).
En aquel momento, una de las preguntas que generaban dudas era cómo los más de seis millones de dólares que el barrio privado Dalvian debía al Estado habían quedado reducidos a poco más de 1,5 millón de pesos. La pericia del Tribunal de Cuentas da cuenta de esa historia y, además, indica que "no le correspondían las quitas previstas para el pago contado".
Precio de amigo
Dalvian había tomado un crédito en agosto del ?79 en el Banco Mendoza por dos millones de dólares. Si bien el plazo de cancelación vencía en agosto del ?82, nunca fue pagado. En noviembre del ?97, el empresario Daniel Vila, su padre (Alfredo Luis, creador del barrio privado), su madre (Ruth Santander de Vila) y su hermano (Alfredo) reconocen que en este concepto le deben al Ente Residual (ya el banco había sido privatizado) 3,57 millones de dólares. El EFOR le hace una quita del 30% (según lo establece la ley 6.523), por lo que la deuda en dólares quedó fijada en casi 2,5 millones, que fue garantizada con 53 hipotecas. Se hizo un plan de pagos de 120 cuotas que nunca se cumplió.
De acuerdo al ente de control, el beneficio del 30% no debería haberse mantenido, dado que el plan de pagos nunca se cumplió, pero la realidad es que el monto establecido en 2,5 millones de dólares nunca se corrigió.
Por otro lado, cuando el grupo Vila compra Canal 7 de Mendoza (además de Canal 8 de San Juan), en el mismo acto asume varios pasivos de Jorge Estornell con el Banco de Previsión Social, cuyo monto actualizado al 26 de noviembre de 1996, ascendía a 3.719.304 dólares. Sumadas ambas deudas, se llega a los 6,2 millones de dólares a los que ascendía el total de las deudas.
De acuerdo al informe del Tribunal de Cuentas, a ambas acreencias se les aplicaron las quitas previstas en la ley 6.758, por lo que en agosto de 2003 la deuda ascendía a $ 1.440.046,46. Luego, actualizado el monto a 2005 (fecha en la que se firma el primer convenio de compensación) se llega a 1,5 millón de pesos.
De acuerdo a esta norma, para quienes debieran más de dos cientos mil pesos y se acogieran a los beneficios previstos en ella antes del 30 de junio de 2000, se les hacía una bonificación del 45% y, además, si cancelaba al contado antes de esa fecha, se podía hacer una quita adicional del 25%. Como la deuda de Dalvian se canceló después de esa fecha, el tribunal entiende que "no le correspondían las quitas previstas para el pago contado".
Sin embargo, el fiscal de Estado avaló esto con su firma en el convenio de compensación de deudas que se firmó en 2005 (mucho después de junio de 2000).
Pero más aún, el Tribunal de Cuentas indica que "en todos los casos, el fiscal de Estado deberá someter al Poder Ejecutivo las transacciones y finiquitos judiciales o extrajudiciales que estimare convenientes para los intereses del fisco". Todo esto, dicho en referencia a la compensación de deudas establecida en el convenio de 2005 y que terminó de concretarse en otro acuerdo de 2007, todos firmados por De Rosas. Sin embargo, el Tribunal de Cuentas indica que "lo actuado no fue ratificado por el Poder Ejecutivo". Es decir, que el canje no existe en términos legales.
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