Cuando el actual senador por Salta Juan Carlos Romero (JCR) fue titular del ejecutivo provincial, se liquidó el antiguo Banco de Préstamos y Asistencia social que se encargaba de la Lotería de Salta y la Tómbola, y se pasó a privatizar el juego de azar en la provincia.
Romero llegó al poder sustentado por una concepción neoliberal de la política como instrumento para hacer negocios. Los salteños todavía hablan de un gobierno que los puso por decreto en una suerte de “primer mundo” donde detrás de cada obra se escondía un negocio particular. Muy pocos invitados para un reparto muy grande.
ENJASA pagaba por la explotación un canon anual fijo y pesificado. Así Salta se convirtió en la única provincia que entregó de manera incondicional y en forma monopólica a una sola empresa el negocio del juego.
En uso de sus atribuciones, la legislatura de Salta sancionó el 22 de diciembre del año 1998 la ley 7020 y, posteriormente, su modificatoria 7133 mediante las cuales estableció el marco regulatorio del juego de azar, y donde se estableció que el Poder Ejecutivo quedaba facultado a otorgar licencias para la explotación del juego de azar (artículo 4º).
También creó una entidad autárquica, el Ente Regulador del Juego de Azar (En.Re.J.A.), a quien le atribuyó el poder de policía en todo lo referente a la administración y desarrollo de los juegos de azar, erigiéndolo como autoridad de aplicación de la ley e invistiéndolo de potestades para atender la regulación del juego de azar (artículos 31, 32 y concordantes de la Ley 7020).
En el año 1998, la gestión de Juan Carlos Romero decidió iniciar un proceso de privatización de la explotación del juego de azar y en tal sentido, lo hizo del siguiente modo:
1)con el Decreto nº 2126/98, creó una sociedad denominada Entretenimiento y Juegos de Azar Sociedad Anónima S.A. (ENJASA);
2) a través del Decreto 3616/99 (01/09/99) el Gobernador Romero le otorgó a esa sociedad, de modo directo la licencia para explotar el juego de azar en toda la Provincia de Salta (artículo 1°).
3) el mismo día (01/09/99) el Ministro de la Producción y el Empleo aprobó el pliego para el llamado de licitación (nº 37/99) para la venta del 90% de las acciones clase A de ENJASA (Resolución nº 411/99).-
Curiosamente solo se publicó en el Boletín Oficial el texto del decreto 3616/99 (Boletín Oficial nº 15.733 de fecha 08/09/99) no así el anexo en el cual aquella licencia se le daba, sin fundamento alguno, con carácter de monopólica (exclusiva y excluyente) por el término de 30 años (apartado 1.2., y artículo 7° apartado 7.1, del Anexo I).
Para ello, la gestión Romero debió borrar de la arquitectura de la Administración Pública al Banco de Préstamos y Asistencia Social (Organismo Estatal que hasta ese entonces tenía asignados los juegos de azar) lo que así hizo a través del Decreto nº 2126/98.
En el proceso licitatorio se presento un solo oferente (UTE Casinos de Austria International Holding – Bold S.A. – Iberlux S.A.). Esta UTE posteriormente se transformo en una sociedad anónima denominada Leisure & Entertainment S.A.
Por Resolución nº 20/2000 del Ministerio de la Producción y el Empleo se le adjudicó a la misma las acciones licitadas por la friolera suma de $ 10.800 (pesos diez mil ochocientos) por las acciones de una sociedad que tenía la licencia del juego de azar exclusiva por el término de 30 años.
El Poder Ejecutivo (gestión Romero) aprobó la venta el 15/02/2000 mediante Decreto 419/00 dando por concluido el proceso licitatorio.
Se establecieron como obligaciones del comprador el pago del canon y el cumplimiento del plan de inversión de desarrollo turístico, lo que les permitió a los inversores no tener que afectar bienes de su patrimonio inicialmente.
Al respecto, la Comisión Evaluadora de la licitación (dependiente del Ministerio de a Producción y el Empleo) aprobó por Resolución nº 4/1999 la siguiente oferta:
a) un canon anual fijo de US$ 2.500.000 (para los 3 primeros años) y de US$ 4.100.000 para los siguientes 27 años (más una actualización anual del 4%)
b) una inversión en desarrollo turístico de US$ 20.770.000
En cuanto al pago del canon por el uso de la licencia, durante la gestión de Romero, quedó fijado en un canon fijo anual, pagadero en cuotas semestrales, reajustado quinquenalmente, en la suma de u$s 2.500.000.
A poco tiempo, tanto el canon como la inversión fue pesificada por ENJASA.
A través de una nota presentada por el Gerente General de ENJASA, en fecha 24/12/2002 Gustavo Anselmi reformulaba al Ente Regulador del Juego de Azar la inversión turísitica en $ 18.370.000, dejaba de hablar de la moneda estadounidense (expte. 282-196/02) y expresaba que la misma estaba a cargo de Complejo Monumento Güemes S.A. acogido a desgravaciones y diferimientos impositivos (Ley 6064 y Ley 22021);
El canon fue siempre depositado en moneda nacional por ENJASA (expte. 282-178/01; 022/03; 104/02; 035/04; 017/04; 095/01; 048/02; 038/05, entre muchos otros).
Pese a lo exiguo del monto del canon, en diciembre de 2002 ENJASA registraba una deuda de US$ 1.322.125,82, lo que generó la apertura de un sumario administrativo (expte. 282-150/02) que fue desestimado sin emitir resolución, pasando al archivo.
Finalmente, el Ministerio de la Producción y el Empleo decidió, mediante Resolución nº 1120/05 (gestión Romero), autorizar a ENJASA pagar en forma refinanciada la deuda.
El 09/01/08 (gestión Juan Manuel Urtubey) se crea la Unidad de Revisión y Renegociación de los Contratos, Licencias, Autorizaciones y Permisos (UNIREN) que tenía por objeto llevar a cabo procesos de renegociación contractual.
En el año 2008, la UNIREN celebra con ENJASA un Acta Acuerdo mediante la cual se abandona el sistema de pago de canon fijo y en pesos por un sistema porcentual determinado sobre la base de los ingresos (ingresos menos premios) de ENJASA
Dicha Acta es aprobada por Decreto durante la Gestión Urtubey.
Esa renegociación le permitió a la Provincia incrementar sus ingresos en concepto de canon de $ 4.988.276 (canon fijo año 2007) a $ 16.901.973,15 (año 2008), 24.812.116,79 (año 2009), 31.892.042,32 (año 2010), 39.440.725,73 (año 2011), 47.229.181,73 (año 2012), hasta llegar a un canon estimado para el año 2013 de $ 58.042.976,90.
ENJASA mostró, a lo largo de la explotación de la licencia concedida una ausencia total de inversión y compromiso en la Provincia de Salta.
Aún estando obligada a mantener parte del personal (su status y rango) transferido por el Banco de Préstamos y Asistencia Social, decidió unilateralmente pagar salarios menores a los que correspondían según su escala (generando procesos judiciales en curso).
A través del Ente Regulador del Juego de Azar, en los años 200/2004 alentó el cierre de diversos casinos y salas de juegos de terceros, entre ellos del Casino de las Nubes S.A., lo que se materializo mediante el rechazo (Decretos nº 813/03 y 1322/03 - gestión Romero) de un pedido de prórroga del Casino de las Nubes, lo que genero la pérdida de 150 fuentes de trabajo estables y calificadas (expediente nº 64/69676/03 Dirección Provincial de Trabajo).
También, a partir de agosto de 2000, se inicia desde el Ente Regulador del Juego de Azar un plan de hostigamiento a la Cooperativa de Obreros y Empleados del Casino Salta Ltda., la que estaba integrada por ex empleados del Casino Central, (casino este que dependía en su momento del Banco de Préstamos y Asistencia Social) mediante el reclamo judicial del pago del canon, el que no se refinanciaba, logrando la quiebra de la Cooperativa y su posterior desaparición con la consecuente pérdida de empleos.
A partir del año 2008 (gestión Urtubey) el Ente Regulador del Juego de Azar comienza a detectar incumplimientos, infracciones y fuerte desinversión en ENJASA que habían sido pasadas por alto hasta ese momento.
En materia de elementos de juego se detecta un preocupante estado general de máquinas tragamonedas que por su antigüedad no poseían los avances tecnológicos para determinar las ganancias o pérdidas que daban las mismas.
El Ente Regulador decide contratar en el año 2009 un sistema de control on line/real time que posibilitó por primera vez determinar con certeza los ingresos provenientes de las máquinas tragamonedas, permitiendo mejorar la recaudación, conforme se vio precedentemente.
Asimismo, dicta un reglamento general de máquinas tragamonedas (Resolución nº 082/12) mediante el cual establecía estándares cualitativos en todos los casinos de Salta y al mismo tiempo dicta la Resolución nº 107/12 a través del cual prohibió a ENJASA el uso de máquinas cuya antigüedad sea superior a 10 años.
Sin embargo, tales medidas provocaron en ENJASA un serio inconveniente: la falta de compromiso en la inversión los había llevado a contratar a otros operadores para que explotaran los Casinos en Salta (Video Drome S.A., Sigar S.A., New Gaming S.R.L., New Star S.R.L., Salones de Juego Blue, etc.) los que, teniendo contratos limitados en el tiempo, se negaban a realizar la inversión del cambio de máquinas.
Estos operadoras habían desembarcado en Salta de la mano de ENJASA para suplir la falta de interés en el manejo de los casinos.
Esto generó que ENJASA solicitara una prórroga en los plazos de reemplazo de máquinas tragamonedas a lo que el EnRe.J.A. accedió dada la anarquía reinante y puesta de manifiesto en esa oportunidad.
En materia de Tómbola, ENJASA lejos de adquirir un sorteador propio, hizo, desde el principio, uso gratuito del sorteador que perteneció al Banco de Préstamos y Asistencia Social lo que fue tolerado durante toda la gestión Romero.
A partir del año 2009 (gestión Urtubey) se decidió exigirles el pago de un alquiler por ese sorteador hasta que en el año 2010, recién ENJASA decide adquirir un sorteador propio (Resolución nº 036/10).
Cuadra destacar finalmente, que recientemente Casinos de Austria presentó ante el Gobierno provincial un nuevo plan de inversión, la renuncia a la exclusividad de la licencia, el aumento del canon al 20%, y el ofrecimiento de no iniciar juicio alguno a cambio de dejar sin efecto la revocación de la licencia.
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