Así lo dispuso la magistrada Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 19 de Resistencia, luego de hacer lugar a una medida cautelar contra la Ley 27.610, que estableció el aborto legal, seguro y gratuito.
El domingo 24 de enero de 2021 entró en vigencia la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). A partir de esa fecha, y tras años de un reclamo histórico encabezado por el feminismo, Argentina pasó a integrar oficialmente la lista de países donde el aborto es legal.
Sin embargo, este jueves, la jueza Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 19 de Resistencia, Chaco, decidió hacer lugar a una medida cautelar, peticionada por Hilda Beatriz Dellamea, Cristina Araceli Chemes, Clelia Mirtha Ávila, Gabriela Monzón y Claudia Mariel Medina, contra la Ley 27.610 y ordenó suspender la ley de interrupción voluntaria del embarazo en la provincia de Chaco.
La iniciativa está dirigida, “contra el Gobierno de la Provincia del Chaco y/o el Ministerio de Salud Pública del Chaco y/o Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Chaco y/o quien resulte responsable”.
En su presentación, este grupo de personas, patrocinadas por Fernando Enrique Guirado, solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de la norma que entró en vigencia recientemente y argumentaron que el Art.15 Inc.1 de la Constitución Provincial garantiza el derecho “a la vida y a la libertad, desde la concepción” a todas las personas y que, como se trata de una competencia concurrente de la provincia con la Nación, debe primar la interpretación de la ley más favorable a la persona humana.
Desde la Campaña por el Aborto Legal Seguro y Gratuito en la provincia de Chaco, dijeron a Infobae que ya habían tomado conocimiento de la situación y que estaban trabajando en una estrategia jurídica y política.
Mientras tanto, desde el Ministerio de Salud de la Nación habilitaron un Formulario de reclamos por trabas para la Interrupción Voluntaria del Embarazo. “Si la farmacia, obra social o prepaga te negó o restringió el derecho a la Interrupción del embarazo, completá este formulario de reclamo. Una persona de nuestro equipo se contactará con vos a la mayor brevedad”, apunta el Ministerio de Desarrollo Productivo, a través del área de Defensa de las y los consumidores.
En el formulario, la persona deberá dejar constancia de sus datos personales (nombre, apellido y fecha de nacimiento, que serán confidenciales); DNI; domicilio; correo electrónico, número de teléfono móvil; nombre de la obra social o prepaga; y especificar el problema que tuvo.
Este no es el primer intento judicial de frenar la aplicación de la ley que se aprobó por amplia mayoría en el Congreso. La semana pasada, el juez federal de Salta Julio Leonardo Bavio rechazó una medida cautelar que pretendía suspender la ley de IVE a través de una presentación contra el Protocolo ILE del Ministerio de Salud, establecido en 2019, y que más tarde fue ampliada tras la sanción de la ley.
Para el juez fue “improcedente” el planteo y por ello desestimó la medida cautelar, aunque el planteo de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley sigue abierto a la espera de definiciones.
Los accionantes fueron integrantes de un grupo de dirigentes provida, entre los que se destaca la ex senadora nacional María Cristina Fiore Viñuales. Entre sus argumentos, señalaron que el “ser humano existe desde el momento de la concepción” y que el niño no nacido “tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado”. Además, afirmaron que “la ley está permitiendo la privación de la vida de un ser humano que el Estado asumió el compromiso constitucional e internacional de proteger”.
Pero tras habilitar la feria judicial para resolver, el juez Bavio rechazó la medida cautelar de suspender en forma general la Ley de IVE.
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