Un informe de 569 páginas que comenzó a elaborarse en 2018 a pedido del gobierno macrista echa por tierra uno de los pilares de la acusación. Asegura que no hay indicio del supuesto reparto de licitaciones entre las empresas investigadas. Los testimonios de Iguacel y el "arrepentido" Clarens, descartados.
Por Néstor Espósito
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) descartó que hubiera existido “colusión” entre las empresas investigadas en la Causa Cuadernos para repartirse las obras públicas entre 2003 y 2015. “Los indicios que se observan van en sentido opuesto a la probabilidad de formación y sostenimiento de un acuerdo de reparto de licitaciones”. El informe, de 569 páginas, comenzó a elaborarse en 2018 a pedido del gobierno de Mauricio Macri, y concluyó ahora, tras revisar una por una a las empresas involucradas en el expediente Cuadernos.
“No se observa un ‘modus operandi’ consistente con una colusión entre empresas que participan del mismo mercado relevante, con las respectivas circunstancias de tiempo, modo y lugar acreditadas”. Según el diccionario de la Real Academia Española, el significado de “colusión” es “pacto ilícito en daño de tercero”.
En la Causa Cuadernos, no sólo se investigan supuestos pagos ilegales por parte de las empresas a funcionarios públicos, sino también si esas mismas empresas coordinaban entre sí cuál se quedaba con una obra pública simulando una puja que no existía. Pero según la Comisión, “los hechos o actos que obran en el presente expediente y que han sido utilizados para explicar una presunta conducta colusiva, no tienen la entidad suficiente para ser considerados infracciones a la Ley de Defensa de la Competencia, por lo que la conducta de reparto de licitaciones no se encuentra probada directamente”.
El informe de la CNDC, firmado por Guillermo Marcelo Pérez Vacchini, Balbina María Griffa Díaz y Pablo Lepere, sostiene que “si bien en esas decisiones surgirían ciertos elementos vinculados a posibles acuerdos de reparto de licitaciones públicas, estos resultan insuficientes para tener por probada la conducta investigada de acuerdo al estándar de prueba que esta Comisión y la jurisprudencia internacional ha seguido para este tipo de casos”.
Testimonios de «escaso valor probatorio»
“El examen de los relatos y de la prueba documental ha revelado, además, múltiples contradicciones e inconsistencias graves”. Algunas de ellas tienen que ver con las declaraciones testimoniales brindadas los periodistas Diego Cabot y Hugo Alconada Mon y el ex titular de Vialidad Nacional durante el gobierno de Cambiemos, Javier Iguacel.
“No revelan elementos concretos de la conducta y se trata de testimonios indirectos, dado que no han presenciado los hechos sobre los cuales han prestado declaración. Si bien ello no obsta a la validez de la prueba como tal, esta circunstancia de falta de inmediatez entre los hechos sobre los que declaran y la declaración en sí, incide en su escaso valor probatorio y por ende en su apreciación como evidencia de la práctica colusoria”.
La CNDC depende formalmente de la Secretaría de Comercio Interior pero tiene autonomía de funcionamiento y sus integrantes son reconocidos expertos en la materia. Su presidente, Rodrigo Luchinsky, no intervino en la elaboración del reporte por estar excusado.
El documento afirma que “no resulta de las actuaciones que las cámaras a las cuales se les requirió explicaciones hayan actuado como facilitadoras del acuerdo colusorio. (…) De los elementos probatorios referidos no resulta la existencia del acuerdo colusorio, sus participantes, ni las licitaciones que se habrían acordado”.
Para la Causa Cuadernos, el reparto espurio de obra pública entre las empresas fue robustecido por la declaración del financista Ernesto Clarens, quien describió ese mecanismo como “arrepentido” ante el fiscal Carlos Stornelli.
El documento lo refuta: “La información de la que esta CNDC dispone sobre el sistema de reparto mencionado por Ernesto Clarens no es completa ni precisa como para que se puedan investigar indicios concretos. No existe una explicación exhaustiva de cómo funcionaba el supuesto sistema, como se otorgaban los pases, como se hacía jugar la posición en el ranking de las empresas y como era concretamente el proceso para que se descartaran los competidores necesarios para que quedaran solo dos”.
El documento abunda: “Aun así, los posibles patrones que fueron examinados arrojaron resultados negativos. (…) No hay evidencia en el expediente de la existencia de ese ‘sistema o registro de pases’, ni tampoco de un mecanismo de compensaciones que caracterizan a este tipo de prácticas”.
Así, concluye que “la estructura del mercado, la participación en el acuerdo colusivo y el número de competidores no incluidos en el acuerdo según Ernesto Clarens, vuelven inverosímil su conformación y subsistencia”.
“Clarens no explica cómo se resuelve la presencia de oferentes externos al acuerdo. Sin embargo, los hay en más de un 60% de las licitaciones”.
Pero aun dando por cierto el supuesto acuerdo colusorio, la CNDC determinó que ello no perjudicó al Estado. La conclusión surge del propio financista arrepentido: “Evaluadas las muestras testigo en la que el propio Ernesto Clarens dice que no hubo acuerdo, comparativamente con el resto de las obras, no surge un perjuicio”.
El trabajo había sido encargado a fines de agosto de 2018 con el objetivo de elaborar “un informe técnico preliminar con relación a eventuales prácticas de cartelización en materia de contratación de obras públicas”.
¿Qué lo impulsó? El propio texto lo responde: “Resulta que, según surgía de distintos medios de comunicación masivos, durante los años 2003 a 2015, empresarios y ex funcionarios públicos habrían admitido la existencia de acuerdos colusivos entre empresas competidoras en las licitaciones de obra pública a nivel nacional. Se adjuntaron a dicho informe ciertas notas periodísticas”.
Comentá la nota