La Ley que regula en nuestro país lo referido al Cannabis medicinal fue aprobada por unanimidad y sin debate el pasado 29 de marzo. La mencionada disposición en su último punto plantea que la Ley debe ser reglamentada en un plazo no mayor a sesenta (60) días desde su publicación en el Boletín Oficial. Dicha fecha fue el pasado 17 de julio.
Fuentes del Ministerio de Salud de la Nación, organismo que funciona como autoridad de aplicación de la ley, admitieron que dicho plazo está cumplido y sostuvieron que la ley se reglamentaría en los primeros días de agosto.
Desde el ministerio explicaron que los equipos técnicos trabajan en el texto que reglamentará la ley, aunque no dieron más detalles. Y es por este motivo que las Organizaciones que lucharon por esta Ley ya han manifestado su preocupación debido a la falta de Reglamentación. Sobre todo, porque en medio se encuentran personas que sufren complicadas enfermedades.
Marco regulatorio
La Ley Nacional N° 27.350, establece un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de Cannabis (Cannabis sativa) y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud.
La Ley permite la importación del aceite de cannabis y crea un registro de pacientes que sufren de las patologías especificadas, que les permite acceder a ese producto.
La iniciativa, también, propone que se impulse la investigación a través de la creación de un Programa Nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de "la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales", que será coordinado desde el Ministerio de Salud.
Entre los objetivos que figuran en el "Programa Nacional" está la capacitación de profesionales de la salud en el uso del cannabis medicinal y la entrega gratuita de Cannabis de parte del Estado a todas las personas que se inscriban en dicho programa.
Además, establece la autorización para cultivar cannabis por parte del Conicet y el INTA con fines de investigación médica y/o científica y la producción en los laboratorios públicos.
Cabe destacar que la Ley no contempla el autocultivo, un reclamo de las familias que tratan a sus hijos con este producto.
Territorio bonaerense
En lo que respecta a la provincia de Buenos Aires, la Cámara de Diputados bonaerense convirtió en Ley la adhesión a la norma nacional 27.350.
El proyecto unifica cuatro iniciativas presentadas por los diputados Marcelo Torres y Ricardo Lissalde y los senadores Norberto García y Dario Diaz Perez.
"Este es un gran paso para tantas familias que sufren y que han encontrado en este aceite una mejora sustancial y de su calidad de vida" sostuvo el diputado Torres. (InfoGEI)
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