Blanca Osuna celebra que Clarín deba desprenderse de 240 medios

Blanca Osuna celebra que Clarín deba desprenderse de 240 medios
El 7 de diciembre dejará de regir la medida cautelar que suspende un artículo de la Ley de Medios. Como consecuencia, el grupo Clarín deberá desprenderse de 240 medios. La intendenta de Paraná celebró la decisión de la Corte Suprema.
“La sentencia judicial de hoy “es valiosísima para avanzar en la emancipación cultural, política y económica de la Nación”, opinó la intendenta de Paraná, Blanca Osuna, al referirse al fallo unánime de la Corte Suprema de Justicia, que dispuso que la medida cautelar que mantenía suspendido el artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, perderá vigencia el 7 de diciembre del corriente año.

A partir de esa fecha los principales grupos de medios de Argentina deberán ajustarse a la normativa vigente. “Ello significa que un multimedios como Clarín está obligado a iniciar el proceso de desinversión, desmonopolización para ser más claros, y desprenderse de más de 240 medios de su propiedad”, explicó la intendenta de Paraná en declaraciones enviadas a INFORME DIGITAL.

La ex senadora nacional celebró la decisión judicial y la calificó como “un paso trascendental para la democratización de la propiedad de los medios y de la palabra. Quien tiene la propiedad del decir, construye un modelo de interpretación de los hechos a partir del cual se piensa, se discute y se vive. Eso es lo que han procurado los pocos dueños del sistema mediático en Argentina durante los últimos 30 años”, reflexionó Osuna, y opinó que “la lucha por el poder es también la lucha por la palabra, porque la raíz del poder está en la capacidad de denominar la realidad”.

“Desde ésta perspectiva, subrayó que el fallo judicial de hoy “es valiosísimo para avanzar en la emancipación cultural, política y económica de la Nación”.

La intendenta criticó además al Juez Federal Edmundo Carbone, al señalar que “siempre dilató el proceso sin ir a la cuestión de fondo. Fue funcional y servil a la estrategia de los grupos mediáticos dominantes”.

Sobre las instancias judiciales previas, la Corte expresó que las medidas cautelares “son resoluciones jurisdiccionales precarias, no definitivas”, y señaló que “cuando las cautelares se hacen ordinarias y sustituyen a la sentencia definitiva, se crea un derecho precario, lo que constituye una lesión al objetivo de afianzar la Justicia señalado en el Preámbulo de la Constitución Nacional”.

Cabe recordar que el proceso judicial se inició en octubre de 2009, poco después de sancionarse la Ley de Medios, cuando el juez civil y comercial Edmundo Carbone respaldó una medida cautelar que presentó el Grupo Clarín para suspender el artículo 161, planteo que llegó a la Sala Nº1 de la Cámara Civil y Comercial Federal, y luego se trasladó a la Corte.

La Corte, tras advertir en una primera instancia que "no podía" resolver sobre la medida cautelar porque no había una sentencia definitiva, ordenó establecer un "plazo razonable" para la definición de esa acción. De esta manera, la presentación del Grupo Clarín contra la Ley de Medios volvió a manos del juez Carbone, quien ratificó su decisión de suspender la aplicación del artículo.

Ante una nueva apelación del gobierno nacional, la discusión se elevó a la Sala Nº2 de la Cámara Civil y Comercial Federal, que el 14 de mayo del año pasado también suspendió el artículo y, finalmente, la disputa regresó a la Corte Suprema de Justicia, cuyos integrantes resolvieron este martes la desinversión del Grupo Clarín.

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