Los jueces dieron a conocer los fundamentos de la sentencia en la que se condenó a prisión perpetua a Gustavo Demarchi, Mario Durquet y Otero. Reconstruyeron el marco histórico en el que se cometieron los crímenes de lesa humanidad.
“Una asociación ilícita creada para aniquilar al opositor ideológico”. Así definieron los jueces del Tribunal Oral Federal a la Concentración Nacional Universitaria (CNU) en las 253 páginas en las que fundamentaron los motivos por los que los crímenes de esta organización fueron considerados de lesa humanidad y derivaron en la condena a prisión perpetua de tres de sus miembros.
Los magistrados había dictado el histórico veredicto el 20 de diciembre pasado, donde fueron condenados con distintos grados de responsabilidad Gustavo Demarchi, Mario Durquet, Fernando Otero, José Luis Grane, Juan Pedro Asaro, Juan Carlos Asaro y Roberto Justel. Fueron absueltos Raúl Moleón y Raúl Viglizzo.
En la sentencia, los jueces analizaron el contexto político nacional desde el exilio de Juan Domingo Perón y su vuelta al país en 1973 después de la fórmula Cámpora- Solano Lima.
En esa época, la violencia se instauró en el país en dos expresiones: la ortodoxia peronista de derecha y la denominada tendencia revolucionaria de izquierda.
La interna se dirimió cuando Perón expulsó a la tendencia revolucionaria y consagró el predominio de la ortodoxia en la conducción del partido y áreas estratégicas. Allí, ante el nacimiento de formaciones especiales para dar respaldo a la “depuración ideológica” que actuaron al margen de la ley con protección estatal es donde se inscriben los hechos juzgados.
La asociación ilícita conformada por los imputados Demarchi, Otero, Durquet, Granel, Juan Pedro Asaro, Justel y Juan Carlos Asaro, se emplazaron en posiciones estratégicas en los ámbitos universitarios, sindical y en la Justicia Federal local.
De esta manera, sus miembros aprovecharon estructuras y recursos del Estado y realizaron tareas de inteligencia para definir al blanco opositor. El detonante para llevar adelante este plan trazado, el asesinato de Ernesto Piantoni que derivó en los homicidios conocidos como “cinco por uno”, fue pergeñado en una reunión en la CGT y en el velorio de Piantoni. “El aparato represivo ilegal que ya actuaba organizado en Mar del Plata puso en marcha la maquinaria criminal a cargo de individuos de demostrada capacidad operativa para llevarla a cabo. Sin solución de continuidad, luego del velatorio de Piantoni comenzó a suceder el ataque a las víctimas”, afirmaron.
En la sentencia, los jueces ordenaron investigar el crimen de Piantoni por la presunta comisión de delitos de lesa humanidad. “De demostrarse que el asesinato pudo estar relacionado en acciones de organizaciones criminales con presunto vínculo con el aparato del Estado nacional o provincial y obedeciendo al plan o fin sistemático de supresión física del opositor ideológico de pertenencia a una parte de la población civil corresponde sea investigado, individualizando y enjuiciando a los responsables por la presunta comisión de delito de lesa humanidad, pues en tal caso es comprendido por la imprescriptibilidad de la acción penal”, sostuvieron.
Luego, los jueces aseguraron que en el marco de ese plan sistemático se cometieron los asesinatos de Daniel Gasparri y Jorge Stoppani como así también el de María del Carmen “Coca” Maggi.
En definitiva, los hechos delictivos sucedieron durante el período que va entre 1973 a marzo de 1976. “Se puede afirmar que estas acciones criminales aparecieron antes del golpe militar del 24 de marzo de 1976 con el fin de perseguir, neutralizar y finalmente eliminar al adversario ideológico. Es decir, estuvo presente durante un segmento de la historia democrática argentina”, aseguraron.
La asociación ilícita
Los magistrados dieron por determinado que entre noviembre de 1974 y marzo de 1976 en Mar del Plata, los condenados Demarchi, Durquet, Granel, Juan Carlos Asaro, Justel y Juan Pedro Asaro junto a Fernando Delgado (prófugo), Carlos González (muerto en el homicidio del diputado Rojas, en San Juan) y Fernando Otero (condenado por este delito en la causa en que se investigó el homicidio de dicho diputado) formaron parte de una asociación ilícita que se organizó para cometer, de modo estable y permanente, delitos indeterminados. De esa manera se alinearon “al plan de persecución ideológica diseñado, de modo sistemático, desde las más altas esferas del gobierno constitucional de la época, con una fuerte organización interna y con el claro objetivo de perseguir al opositor ideológico”.
Dicha organización contaba con el liderazgo de Demarchi, quien operaba desde la Fiscalía Federal -era su titular- junto a los otros ejes operativos del grupo que eran la Universidad local y la CGT.
LA CNU se financió con recursos propios a través de contratos de cargos no docentes en la Universidad (denominados “personal de seguridad y preservación de bienes”) y designaciones en la órbita de la Justicia.
Para los jueces, el accionar de la asociación ilícita quedó en claro en la sentencia dictada por el homicidio del diputado Rojas en la provincia de San Juan. La víctima fue acribillada por una patota, que había viajado desde Mar del Plata y estaba conformada por Otero, Carlos “Flipper” González (muerto en el enfrentamiento) entre otros. Todos estaban contratados en la Universidad, mantenían vínculos sindicales y se trasladaron en un auto robado para cometer el crimen. A los miembros de esa patota se les secuestró, entre otros elementos, tarjetas del fiscal Demarchi. Pero no sólo eso: en el ámbito universitario local cuando Eduardo Cincotta, miembro del grupo fallecido durante el transcurso de la instrucción de la causa conocida como “La Cueva”, intimó a una empleada no docente para modificar resoluciones firmadas que aprobaban los contratos de los agentes involucrados en el homicidio de Rojas. Le sugirió que podía aparecer su cadáver envuelto en plástico.
En la sentencia el testimonio de la testigo Mirta Masid (pareja de Carlos “flipper” González) fue importante.
La mujer conoció a la organización por dentro y su declaración fue clave tanto en este proceso como el brindado en el Juicio por la Verdad ya que en aquella oportunidad se pudo tomar conocimiento y contacto con la causa del homicidio de Rojas.
Luego de un pormenorizado análisis de los hechos en que resultaron víctimas los integrantes de la familia Videla, Enrique “Pacho” Elizagaray y el médico Bernardo Goldemberg en la noche del “cinco por uno”; los homicidios agravados de Daniel Gasparri y Norberto Stoppani; y la privación ilegítima de la libertad agravada y homicidio agravado de María del Carmen Maggi, los jueces trataron la participación que tuvieron Demarchi, Durquet y Otero.
En el juicio se determinó que Durquet y Otero formaban parte de la “patota”. Es decir: eran aquellos que ejercían los actos de violencia del grupo.
Por su parte, Demarchi desde su rol de fiscal daba cobertura a los miembros sin investigar los hechos.
Por ejemplo, en el homicidio de “Coca” Maggi -con el secuestro en curso- solicitó el sobreseimiento provisorio de las actuaciones y no hizo nada cuando apareció el cuerpo sin vida.
En los fundamentos, los magistrados no encontraron elementos para condenar a Viglizzo y Moleón. A su vez, Juan Pedro Asaro fue absuelto de la acusación de privación ilegitima de la agravada y homicidio calificado de “Coca” Maggi ya que los jueces le otorgaron el beneficio “de la duda razonable”.
Condenas y absoluciones
1) Gustavo Modesto Demarchi
Condena: prisión perpetua
Delitos: homicidios calificados de los que fueron víctimas Jorge Videla, Guillermo Videla, Jorge Lisandro Videla, Bernardo Goldemberg, Enrique “Pacho” Elizagaray y María del Carmen Maggi. También fue encontrado culpable de asociación ilícita.
2) Mario Durquet
Condena: prisión perpetua
Delitos: homicidios calificados de los que fueron víctimas Jorge Videla, Guillermo Videla, Jorge Lisandro Videla, Bernardo Goldemberg, Enrique “Pacho” Elizagaray, María del Carmen Maggi, Jorge Stoppani y Daniel Gasparri. También fue encontrado culpable de asociación ilícita.
3) Fernando Otero
Condena: prisión perpetua
Delitos: homicidios calificados de los que fueron víctimas Jorge Videla, Guillermo Videla, Jorge Lisandro Videla, Bernardo Goldemberg, Enrique “Pacho” Elizagaray, María del Carmen Maggi, Jorge Stoppani y Daniel Gasparri.
4) José Luis Granel
Condena: 7 años
Delito: asociación ilícita.
Dato: continuará en libertad hasta que la condena quede firme. Los jueces consideraron que se ajustó a derecho mientras estuvo libre durante el juicio.
5) Juan Pedro Asaro
Condena: 5 años
Delito: asociación ilícita.
Dato: Los jueces ordenaron su inmediata libertad ya que la condena la cumplió durante el periodo de prisión preventiva.
6) Juan Carlos Asaro
Condena: tres años de prisión en suspenso.
Delito: asociación ilícita.
Dato: continuará en libertad.
7) Roberto Justel
Condena: tres años de prisión en suspenso.
Delito: asociación ilícita.
Dato: continúa en libertad
8) Raúl Viglizzo
Veredicto: absuelto.
Dato: llegó al juicio acusado de los delitos de homicidio y asociación ilícita.
9) Raúl Moleón
Veredicto: absuelto.
Dato: llegó al juicio acusado de los delitos de homicidio y asociación ilícita.
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