Ambiente revisará la resolución Nº 156 de 2014 sobre la pesca deportiva

Ambiente revisará la resolución Nº 156 de 2014 sobre la pesca deportiva
El Secretario de Ambiente, Gustavo Paul y el jefe de Biodiversidad, Gustavo Dada de la Secretaría de Ambiente se reunieron con representantes de propietarios de catamaranes y algunos comercios de pesca para escuchar sus inquietudes respecto a la pesca en embarcaciones en el Embalse Cabra Corral.
La Secretaría de Ambienteestableció algunas modificaciones en la reglamentación que rige el período 2014 – 2015, respecto a la pesca deportiva en el Embalse Cabra Corral. En dicha resolución se estableció que en este embalse se podrá pescar de día y de noche hasta el 22 de julio de 2014, inclusive y desde el 19 de noviembre de 2014 hasta el 23 de julio de 2015, inclusive. Por otra parte, se estableció un período de veda en la Zonas Sur y Norte del Cabra Corral a partir del 23 de julio de 2014 y hasta el 18 de noviembre de 2014. Es decir que en esas fechas y lugares no se podrá pescar ni de día ni de noche. Esta resolución contempla que en época de veda se permite practicar la pesca únicamente desde las 7 hs y hasta las 19 hs en las zonas habilitadas, es decir, fuera de las zonas Sur y Norte.

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La reunión, convocada por la Secretaría de Ambiente, sirvió para evacuar las dudas de los propietarios de catamaranes y dueños de comercios de pesca sobre la actual resolución. “Los niveles de presencia del pejerrey son muy bajos actualmente, eso determinaron nuestros estudios. Los pejerreyes que pescan pesan 20, 30 gramos, si todo sigue así, no van a llegar al tamaño de reproducción necesario porque los pescan antes, entonces se genera un círculo vicioso”, aseguró Gustavo Paul, secretario de Ambiente. Además, advirtió que si se hace resiembra de peces, tampoco se solucionaría la escasez de esa especie porque los pescadores siguen pescando pejerreyes muy chicos en tamaño. En este embalse, particularmente, se permite la captura de hasta 3 bagres blancos (moncholo), 5 bocachas, 5 dentudos o tarariras, 10 mojarras, 30 pejerrey y 5 yuscas, por persona.

“Hemos dispuesto intensificar el trabajo que realizamos en conjunto con la policía lacustre y rural, vamos a extremar los controles y concentrar el trabajo en estos meses hasta el período de veda. Hemos receptado varias dudas que tenían los dueños de catamaranes como las guías de pesca, los carné de pesca, entre otras. Con respecto al artículo sobre la pesca nocturna, que es el que los inquieta porque para ellos es su fuente de trabajo, lo hemos puesto en suspenso porque no queremos hacer oídos sordos a sus consultas y sugerencias. Vamos a ver como resulta el ejercicio de todas estas modificaciones que vamos a llevar adelante y decidiremos en los próximos meses como continua esto”, informó Gustavo Paul. Además recordó que se considera como “cebo” el empleo de luces o cualquier otra práctica que distorsione el hábitat de los peces, y que los controles al respecto serán exhaustivos.

Sobre la resolución de pesca deportiva

En la nueva reglamentación de la pesca deportiva que rige actualmente, se permite el siguiente equipo de pesca por persona: para la pesca de pejerrey (Odontesthes bonariensis) en los embalses Cabra Corral, Campo Alegre y El Tunal se permite como único medio de captura una caña por pescador con líneas de hasta dos anzuelos como máximo y sus accesorios correspondientes con el tamaño del anzuelo Mustand 277F número 5.

Para más información comunicarse con el programa de Biodiversidad de la Secretaría de Ambiente, Santiago del Estero 2245, Bloque II, 2do piso, o bien al teléfono 0387 4218617 internos 43, 44.

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