El Tribunal los despegó "lisa y llanamente" del delito de peculado por el que estaban imputados desde hace 16 años. Antes, la fiscal consideró que no había de qué acusarlos. Júbilo entre los ex concejales.
Además se basó en la autonomía municipal, en un fallo de la Suprema Corte de Justicia y en la existencia de resoluciones de la Municipalidad de Las Heras, para que se hicieran efectivos los viáticos con el presupuesto comunal.
Después de más de tres horas y media de deliberaciones los acusados, al escuchar la decisión del ministerio público, mostraron su alegría.
Pero ésta fue mayor y despertó hasta lágrimas entre algunos familiares al escuchar poco antes de las 20, la sentencia 3128 del tribunal, presidido por Gabriela Urciuolo, que en su artículo primero "absolvió lisa y llanamente de culpa y cargo por falta de acusación fiscal" a Héctor Quevedo, Susana Morchio, Néstor Márquez, Juan José Magno, José Martín, Agustín Garín, Angel Grigor, Mario Luna, José Báez, Ramón Ramallo, Bartolomé Viñals, Julio Molina, Eduardo López, Ricardo Castaño, Pedro Basile, Héctor Robledo, Elio Parés y Antonio Pistone.
La sexta jornada del juicio se había iniciado a las 15.35 (estaba previsto para las 15) con la presentación de tres testigos, a pedido del defensor Fernando Peñaloza, si bien en la jornada realizada el viernes pasado la fiscal Susana García había pedido la incorporación de los 60 testimonios que se hicieron en la instrucción, con acuerdo de las defensas, lo que abreviaría el trámite judicial.
Fue así como el primero en declarar fue el doctor Julio Arturo Ruiz que ocupó el cargo de secretario del Concejo Deliberante a partir de 1992 a 1994, quien además, como asesor, había señalado a las autoridades del Concejo que la ley 1079, que ratificaba un decreto del gobernador Rodolfo Gabrielli que fijaba un techo de 1.000 pesos, era anticonstitucional.
Después fue el turno de la contadora Elizabeth María Barchesi, auditora del Tribunal de Cuentas quién no aportó mayores detalles por el tiempo transcurrido. El tercero en ser llamado como testigo fue el doctor Julio Gómez, ex subsecretario de Justicia, integrante del Tribunal de Cuentas y ex senador, que había participado en la redacción de la ley que puso límites a las dietas de los concejales.
Gómez defendió la decisión y sostuvo que el fiscal de Estado de ese momento, Efraín Quevedo Mendoza, había dictaminado que la invitación que señalaba el decreto y la ley era una obligación para las comunas, lo que originó cierto intercambio de puntos de vistas con defensores.
Gómez ratificó el principio del Tribunal de Cuentas que el régimen de viáticos siempre obliga a presentar facturas, es decir rendición, elemento principal de la acusación a los ex concejales.
El último en testimoniar fue el doctor Federico Amstutz concejal y asesor del presidente del Concejo Deliberante desde diciembre de 1991, quien afirmó que hizo un dictamen sobre los viáticos dispuestos. Además sostuvo que hubo una resolución del Ejecutivo de pagarlos como una compensación funcional. "Por lo tanto no merecía objeción legal", indicó Amstutz. Además puso como ejemplo una resolución anterior de 1983, disponiendo el pago de viáticos.
A continuación se dispuso, por pedido del doctor Fernando Peñaloza que no declararan otros dos testigos y a partir de allí fijó su posición la fiscal Susana García quien cuestionó el tiempo transcurrido de la causa. Expresó que según su criterio no se daba el tipo del delito de peculado. Aceptó que constituye una acción pero que la justicia no está para juzgar conductas de tipo ético. Explicó que una conducta puede ser ilegítimamente jurídica pero no penal.
En otro punto de su alocución hizo referencia al fallo de la Corte que atacó el fallo del Tribunal de Cuentas, planteado por el ex intendente de Las Heras, Guillermo Amstutz y el contador municipal.
Insistió que no hay peculado porque los concejales no sustrajeron nada y se dictó una resolución en el marco de las autonomías municipales donde dispusieron imponerse una remuneración de 1.000 pesos y asignarse viáticos de 1.300 y 1.400 pesos.
"Si uno analiza la acusación, en definitiva lo que se les está cuestionando es que no rindieron cuentas de esos viáticos, lo que no es sustraer. Y si se pudiera haber cuestionado algo, siempre y cuando la ley hubiera estado dentro de las facultades que tenía la provincia de legislar, podría haber sido un incumplimiento de los deberes de funcionario público".
Al expresar como positiva la decisión de la fiscal Susana García el defensor Juan Carlos Ruiz indicó que "no ha habido acto ilegal y no se demostró el delito de peculado". Para el doctor Ojeda "es un desagravio para estas personas al estar tanto tiempo consideradas como culpables".
Por su parte el defensor Peñaloza indicó que "la absolución hace justicia pero no repara el dolor". Según otros de los defensores,como Dimas Agüero "si se hubiese respetado lo justiciable o no justiciable este proceso tendría el grosor de la denuncia". Y según Alberto Aguinaga en la audiencia se escuchó de la fiscal García "una clase de derecho y sensatez". Finalmente, el tribunal deliberó y se dictó sentencia en un trámite que duró 16 años.
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