El bahiense, procesado en tres causas graves, había sido autorizado por un tribunal local para vacacionar en el exterior pero el cuerpo judicial capitalino zanjó la discusión para lo sucesivo.
Juan Ignacio Suris espera los juicios por comercialización de drogas y por ser supuesto jefe de una asociación ilícita fiscal. Además, está procesado por lavado de activos.
Sin embargo, meses atrás la Justicia local lo había autorizado a realizar dos viajes al exterior: uno por 15 días a Cuba y otro, durante un mes, a Emiratos Árabes, Egipto y la Riviera Maya mejicana.
Si bien ambas salidas del país se frustraron por la oposición que presentaron desde las fiscalías de instrucción y de juicio, la Cámara Federal de Casación Penal llegó a tratar el tema en los últimos días.
Pese a que la cuestión puede calificarse de "abstracta" -ya se había decidido que no iba a viajar-, los jueces actuantes dijeron que no es así y que esta postura alcanzará a eventuales pedidos futuros.
El fallo, que contiene duros conceptos a quienes habían habilitado el beneficio para Suris, fue firmado por los jueces Eduardo Rafael Riggi, Mariano Hernán Borinsky y Juan Carlos Gemignani, de la Sala III de Casación.
Se dio luego de una presentación, en queja, que realizó el fiscal de juicio Gabriel González Da Silva, luego de que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca le negara el recurso de apelación formal.
"Más allá de que las fechas del viaje oportunamente autorizado en la actualidad han expirado, el punto a dilucidar pasa por determinar si de acuerdo a la situación procesal del encausado Suris y demás circunstancias que rodean los procesos que se le siguen, es o no factible que el nombrado realice un viaje como el propuesto antes de que se lleven adelante los juicios orales, extremo que evidentemente no ha perdido vigencia, pues bien podría solicitar nuevamente su pedido cambiando las fechas de partida y regreso", explicó Casación.
Los camaristas Riggi, Borinsky y Gemignani.
Insistieron los jueces con que Suris registra en su haber "tres procesos penales con imputaciones de suma gravedad y elevadísimas escalas penales, que el nombrado estuvo prófugo de la Justicia, que brindó datos falsos al momento de ser detenido, que cuenta con medios económicos suficientes para permanecer en la clandestinidad y que, por si fuera poco, alguno de los destinos propuestos para salir del territorio nacional no cuentan con tratado de extradición con nuestro país".
"Llamativa actividad"
Los jueces Sebastián Foglia y Ernesto Sebastián, del tribunal federal bahiense, habían habilitado a Suris a viajar, previo pago de fianza (en el caso del viaje a Medio Oriente era de 2,4 millones de pesos).
Para ese fin habían considerado que se encuentra libre desde hace 7 años, que siempre estuvo a derecho, que los juicios todavía no tienen fecha y que otros coprocesados viven en el exterior.
"No podemos dejar de señalar la llamativa actividad asumida por el tribunal de grado", al autorizar el viaje "desatendiendo las graves circunstancias apuntadas que resultaban inequívocas para resolver de modo contrario", argumentó el doctor Riggi, con la adhesión de sus colegas.
Por otro lado también cuestionó que se le haya impedido al fiscal el recurso de apelación, "cuando era evidente que se trataba de un interlocutorio equiparable a definitivo y donde se planteaban cuestiones federales, obligando al Ministerio Público Fiscal a recurrir en queja".
Borinsky, a su turno, consideró que no se expusieron "razones específicas" para sostener el permiso, al remarcar que Suris estuvo prófugo, contó con "protección" policial, dio información falsa (al ser detenido) y cuenta con medios económicos para evadirse.
Comentá la nota